Para la justicia los buscadores no son responsables de los contenidos.

La Suprema Corte de Justicia de la Argentia sobre dos casos particulares en el país sobre la resposabilidad de los buscadores web en la supervisión de contenidos que indexan y listan a la hora de la busqueda. Marca jurisprudencia sobre la materia.

Se trata de las demandas que en su momento habían presentado Virginia Da y Bárbara Lorenzo, una modelo que también demandó a Google porque su nombre y sus fotos aparecían en páginas porno.

Así, según la Corte, los buscadores no deben ser los jueces de la legalidad de los contenidos en Internet. El fallo es un respiro para Google, que en Europa debe responder a la ley del derecho al olvido, que habilita a los ciudadanos a pedirle que deje de listar páginas específicas con contenido sobre esa persona que considera desactualizados o perjudiciales. En octubre un juzgado porteño había ordenado la creación de un mecanismo similar para los ciudadanos de la Buenos Aires.

Para la Corte, el único responsable del contenido de una página es el autor o titular del sitio que los buscadores indexan, y no el buscador (Google o el que sea); la búsqueda por imágenes tiene la misma protección constitucional que la búsqueda por texto.

María Baudino, directora de Asuntos Legales de Google para América Latina, afirmó que "queda claro que los buscadores no son responsables por el contenido generado por terceros, sean textos o imágenes,. La Corte confirma una vez más su fuerte compromiso con la libertad de expresión, lo que es beneficioso para los usuarios de servicios de Internet en Argentina, y para la libre circulación y acceso a información e ideas en Internet."

¿QUÉ PASO?

Se trata de una vieja discusión en tribunales, relacionada con los presuntos " daños y perjuicios" que sufren actrices y modelos publicitarias cuyos nombres y fotografías aparecen, falsamente, en sitios de contenido erótico o de oferta de servicios sexuales. Y es también una de las discusiones más relevantes sobre libertad de expresión a nivel global de este tiempo.

En distintas instancias judiciales hay al menos medio centenar de expedientes en los que está en juego la supuesta "existencia y alcance de la responsabilidad aplicable a los buscadores de Internet, cuya actividad permite la vinculación o enlace con sitios o páginas web en los que se suministran contenidos que pueden afectar la dignidad, honor, intimidad o imagen de las personas".

El fallo que la Corte fue trascendental para fijar un criterio definitivo en la materia, puesto que existen en el fuero civil, civil y comercial federal y comercial, sentencias contradictorias, algunas de las cuales atribuyen responsabilidad a los buscadores y otros los eximen de ella.

De hecho, en este caso, Rodríguez ganó el juicio en primera instancia, en un fallo que condenó a los buscadores a indemnizarla con 120.000 pesos y a retirar de sus resultados de búsqueda los sitios que la vinculasen con pornografía u oferta sexual.

La Cámara Civil redujo la indemnización a menos de la mitad, pero revocó la medida de retirar los sitios de sus búsquedas. La audiencia se realizará a las 10 en la sala del cuarto piso del Palacio de Justicia.

Con información de lanación.com

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